sábado, 18 de abril de 2009

Scioli y los intendentes kirchneristas deberían dejar el cargo

El diputado provincial Abel Miguel (radical en la Coalición Cívica ) propuso que “los funcionarios que vayan a ser candidatos en las próximas elecciones cesen en el cargo, ya sea mediante licencia sin goce de haberes o renuncia”. El proyecto de ley también limita la publicidad oficial durante el periodo eleccionario “para evitar la captación del sufragio a favor de los candidatos que hubieran sido funcionarios”
Mediante un proyecto de ley presentado en la Cámara baja bonaerense, el diputado Abel Miguel (radical en la Coalición Cívica ) propuso regular la incompatibilidad ética que podría afectar a los actuales funcionarios que aspiran a ser candidatos en las próximas elecciones.
Para evitarla la iniciativa dispone que los funcionarios provinciales que se postulen como candidatos titulares o suplentes en cualquier orden y/o jurisdicción – como el caso del Gobernador o los Intendentes - deberán cesar en las funciones que desempeñan al momento de la oficialización de las listas correspondientes, mediante licencia sin goce de haberes o renuncia.
El legislador sostuvo que “muchas veces escuchamos que se analizan conductas que, aunque rechazadas y repudiadas en forma casi unánime, no resultan ilegales ni configuran violación alguna a la normativa vigente, pero que pueden ser calificadas como transgresiones éticas o morales que se hacen insoportables en la figura de quienes tienen la responsabilidad de dirigir los destinos de nuestra Provincia o de los Municipios que la componen o en quienes, circunstancialmente, administran el erario público”.
“Una de ellas – continuó Miguel – es la utilización de las estructuras que ofrece el desempeño de funciones públicas en apoyo de todo tipo de candidaturas de los oficialismos de turno; utilización que, en algunos casos, se torna en verdaderos abusos que dejan a sus contrincantes en clara desigualdad y desventaja, y que desnaturaliza el proceso electoral y el carácter de iguales que debe caracterizar a los candidatos que se someten a la consideración del pueblo”
Por supuesto que esta problemática va mucho más allá de las llamadas candidaturas testimoniales que impulsa de manera inescrupulosa el oficialismo “pero también hace a la transparencia de los actos eleccionarios y a la conducta que deben asumir quienes ejercen cargos públicos”

La publicidad en el periodo eleccionario

El proyecto también dispone que durante el periodo que va desde la oficialización de listas hasta la elección sólo se admitirá publicidad oficial destinada a cubrir necesidades informativas urgentes de la población, y la misma no podrá contener elementos, referencias o imágenes que promuevan la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos que hubiera sido funcionario durante el año inmediato anterior, prohibiendo asimismo la realización de actos oficiales, o la participación de los funcionarios públicos en ejercicio, en forma conjunta con los candidatos a cargos electivos que hubieran cesado en sus funciones ejecutivas y/o la mención de los mismos o de las listas de candidatos de los partidos a los que pertenecen.
A criterio del legislador “tenemos aquí la oportunidad de dar un importante paso a favor de la transparencia en el manejo de la cosa pública, y en el fortalecimiento del carácter Republicano que debería caracterizar a nuestra organización política e institucional, dando respuesta a la vez a un fuerte reclamo en tal sentido de parte de la ciudadanía, y haciendo un aporte significativo a la postergada y tan necesaria reforma política, porque ademas de la incompatibilidad entre el ejercicio de un cargo público y una candidatura el proyecto establece también severas restricciones a la posibilidad de realizar publicidad oficial que pueda ser interpretada como dirigida a posicionar o apoyar a determinados candidatos que hubieren desempeñado funciones hasta poco tiempo atrás; como, asimismo, prohíbe la concurrencia de los candidatos que se encuentren en esas condiciones a actos de gobierno de cualquier tipo, excepto cuando se tratare de homenajes o conmemoraciones”.

No hay comentarios:

Publicar un comentario