miércoles, 5 de agosto de 2009

La nueva moratoria establece pagos de hasta 120 cuotas

El régimen de consolidación y regularización fiscal aprobado en la sesión ordinaria del Concejo Deliberante efectuada el martes al mediodía incluye tasas, derechos y otros tributos municipales, junto con derechos y demás tasas que con ellas se liquiden, vencidos hasta el 30 de junio de 2009, detallándose las mismas a continuación:
-Tasa por Limpieza y Conservación de la Vía Pública Municipal.
-Tasa por Servicios Sanitarios.
-Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene.
-Patente de Rodados.
-Impuesto a los Automotores, Ley 13010 y Ley 13155.
-Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal.
-Derechos de Usos de Playas y Riberas.
-Movimiento de Micros.
-Alquileres.
-Deudas Individuales.
También se faculta al Departamento Ejecutivo a otorgar planes de facilidades de pago para deudas, de acuerdo con las condiciones de la presente Ordenanza, durante el período que media desde la fecha de promulgación de la presente ordenanza hasta el cumplimiento de sesenta días corridos contados desde la mencionada fecha de promulgación, del corriente año; pudiendo ser prorrogado dicho mecanismo de facilidades de pago no más allá del ejercicio.
Los contribuyentes de las tasas, derechos y demás tributos mencionados en el artículo 1° deberán presentar ante la Dirección de Ingresos Públicos y sus oficinas pertinentes, una solicitud de acogimiento al presente plan de facilidades.
El artículo tercero de la moratoria señala que se fijará un plan de pago por cada tasa que adeude el contribuyente. La cantidad de cuotas y beneficios de los mencionados planes, serán variables de acuerdo al valor de la cuota corriente de la tasa en cuestión para algunas tasas, y para el resto, se estipulará en la presente.
En todos los casos el pago mínimo de la cuota de cada plan de pago no podrá ser inferior a pesos quince ($ 15,00.-) o la cuota corriente, la que fuere menor.-
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